La bolsa de vivienda tiene por objetivo facilitar la compra o alquiler a precios más bajos del mercado libre. Las mismas, son para beneficio de las personas o familias que necesiten adquirir una vivienda que se encuentren en circunstancias vulnerables.
¿Quiénes pueden optar a la bolsa de viviendas?
Pueden optar aquellas personas o familias que no posean una vivienda y cuenten con todos los requisitos que solicite la entidad correspondiente.
Consejos al visitar una casa
Al momento de visitar una vivienda debes observar y estar atento a las condiciones de la misma y a los diferentes ambientes que posee. De esta manera te aseguras de que sea lo que estás buscando.
Por otro lado, si se quiere adquirir una de estas viviendas se debe tener en cuenta solicitar información importante. Es necesario saber sobre su situación de pago del impuesto, bienes inmuebles o sobre el estado de cargas de la misma.
También es importante indagar si la casa pertenece a una comunidad de propietarios. En este caso es fundamental conocer cuál es la cuota mensual o si el propietario está al día con el pago de las mismas.
¿Qué se debe saber al escoger una vivienda?
Antes de escoger una vivienda se recomienda visitar al menos 3 entidades bancarias y así valorar las diferentes ofertas que nos pueden dar.
Por otro lado, es importante tener al menos el 20% del valor de la vivienda, ya que en la mayoría de bancos y cajas conceden hasta un 80% del valor de la misma.
Eso quiere decir que para poder optar a comprarla debemos tener al menos un 20% de su valor ahorrado más los gastos de registro de la propiedad, impuestos, gestoría y notaría.
¿Qué hacer si la vivienda posee cargas?
Si has elegido una vivienda que tiene cargas, debes saber que tienes dos opciones.
La primera es la subrogación, en la cual el comprador es quién desea continuar con la hipoteca de la vivienda, liberando así de su pago al vendedor.
En este caso, el comprador elegirá la notaría de su preferencia y una vez seleccionada enviará las condiciones que se van a incorporar en la escritura pública.
Seguidamente, la notaría llamará a los involucrados en la compra y venta con 10 días de antelación a la fecha establecida de la firma, donde se le informará las condiciones de la hipoteca. De esta manera toda la información será de conocimiento de ambas partes.
Por otro lado, se puede optar por la cancelación en donde el vendedor asume la obligación de pagar cuando reciba el pago, del cual se descontará el precio total de la deuda.
¿Cuáles son los gastos que se deben tener en cuenta?
En estos casos el banco asume los gastos del registro de la propiedad, los de escritura de préstamo hipotecario en notaría y los gastos de gestoría. Estos se encargan de la carga de la hipoteca de la vivienda.
En cuanto al comprador, asumirá los gastos de la escritura pública notarial a menos que se negocie con el comprador.
También deberá pagar los gastos de la compra como el IVA o el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en caso de que la casa no sea nueva.